Resolución Nº 100 M.T.E.yS.S.(B.O. Nº 34.858 del 2022-02-15)
Límites de edad y de años de servicio para actividades que implicaran la realización de tareas penosas, riesgosas o determinantes de vejez o agotamiento prematuro. Esta norma aprueba el Nomenclador con la familia de puestos comprendidos en el régimen diferencial del Decreto N° 2136 de fecha 30 de diciembre de 1974 y sus normas complementarias y aclaratorias, que como ANEXO IF-2022-10133430-APN-DNCRSS#MT forma parte integrante de la presente.
Además dispone que la acreditación de las tareas contenidas en el... >
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Resolución Nº 277 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.825 del 2021-12-30)
Actualización de fe de vida por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas. Resolución Nº 79/2020 (A.N.Se.S.). Suspensión.. Mediante esta norma se prorroga la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y pensionados del SIPA y Pensiones No Contributivas, así como también, las demás obligaciones y procedimientos establecidos por las Resoluciones N° RESOL-2020-79-ANSES-ANSES de fecha 19 de marzo de... >
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Decreto Nº 855 P.E.N.(B.O. Nº 34.816 del 2021-12-17)
Otórgase subsidio extraordinario.. Mediante esta norma se dispone el otorgamiento de un subsidio extraordinario por un monto máximo de $8000 que se abonará en el mes de diciembre de 2021. El mismo será liquidado, por titular, a:
a) Los beneficiarios y las beneficiarias de las prestaciones previsionales del SIPA a que refiere la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias.
b) Los beneficiarios y las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260... >
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Decreto Nº 854 P.E.N.(B.O. Nº 34.816 del 2021-12-17)
Pensión graciable de carácter vitalicio. Ley Nº 27.547. Disposiciones.. Mediante esta norma se dispone que la pensión graciable de carácter vitalicio establecida por el artículo 5° de la Ley Nº 27.549 se abonará a sus beneficiarios y beneficiarias desde la fecha de solicitud para su tramitación ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) o desde la fecha en que se haya solicitado en forma fehaciente ante cualquier organismo del ESTADO NACIONAL, si ello es anterior a la entrada en vigencia del... >
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Resolución Nº 243 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.798 del 2021-11-23)
Movilidad jubilatoria. Artículo 32 de la Ley N° 24.241. Decreto N° 104/2021.. Se establece que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de diciembre de 2021, es de 12,11%. >
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Resolución Nº 732 M.T.E.yS.S.(B.O. Nº 34.795 del 2021-11-17)
Ley Nº 26.508. Régimen Previsional Especial para el Personal Docente de las Universidades Públicas Nacionales, no comprendido en la Ley Nº 22.929 y sus modificatorias. Variación salarial.. Se establece que para los beneficios alcanzados por el Régimen Previsional Especial para el Personal Docente de las Universidades Públicas Nacionales, Ley N° 26.508 y sus modificatorias, se otorgará en el mes de diciembre de 2021, de manera excepcional, la variación salarial del sector observada entre los meses de junio y... >
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Resolución Nº 606 M.T.E.yS.S.(B.O. Nº 34.761 del 2021-10-01)
Decreto N° 493/2021. Reducción de las contribuciones patronales. Por medio de este decreto se dispone que los empleadores que inicien sus actividades económicas con posterioridad al período fiscal de agosto 2021 no podrán contar con los beneficios establecidos en el Decreto Nº 493 del 5 de agosto de 2021 por más de VEINTE (20) trabajadoras y trabajadores, durante el periodo mensual de devengamiento de los aportes y las contribuciones patronales.
Además establece que los empleadores que contraten trabajadores... >
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Resolución General Conjunta Nros 5083 y 5083 (M.T.E.yS.S. y A.F.I.P.) (B.O. Nº 34.760 del 2021-09-30)
Decreto Nº 493/21. Sector Privado. Beneficio de reducción de contribuciones patronales.. Por medio de esta resolución se dispone que los empleadores del sector privado que contraten nuevos trabajadores a través de las modalidades contractuales establecidas en el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 9 del 14 de septiembre de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a partir del 1 de septiembre de 2021 y durante... >
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Decreto Nº 674 P.E.N.(B.O. Nº 34.760 del 2021-09-30)
Disposiciones.. Por medio de este decreto se establece la Prestación Anticipada, a la que tendrán derecho las personas que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Edad: Haber cumplido SESENTA (60) años de edad los varones o CINCUENTA Y CINCO (55) años de edad las mujeres;
b. Servicios: Acreditar TREINTA (30) años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el régimen de reciprocidad;
c. Situación de desempleo: Acreditar encontrarse en situación de desempleo al... >
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Resolución Nº 171 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.729 del 2021-08-20)
Artículo 32 de la Ley N° 24.241. Movilidad.. Se establece que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de septiembre de 2021, es de DOCE CON TREINTA Y NUEVE CENTÉSIMOS POR CIENTO (12,39%). >
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Resolución Nº 154 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.712 del 2021-07-29)
Prestación Básica Universal (PBU). Mujeres y/o personas gestantes. Acreditación mínimo de servicios. Ley N° 24.241. Decreto Nº 475/2021. Disposiciones complementarias y aclaratorias.. Se establece que a los fines de lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 475/21, se considerarán las siguientes disposiciones:
1. Con el objeto de computar los años de servicios, se tendrá en cuenta cada hijo y/o hija cuyo nacimiento y discapacidad, de corresponder, se encuentre registrado en las bases de ANSES y... >
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Resolución Nº 17 S.S.S.(B.O. Nº 34.711 del 2021-07-28)
Prestación Básica Universal. Mujeres y/o personas gestantes. Tiempo de servicio. Reconocimiento. Decreto Nº 475/21.. Se establece que a efectos de computar los años de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU) conforme lo establecido en el artículo 22 bis de la Ley Nº 24.241, se deberá acreditar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la norma citada al momento de la solicitud de la prestación previsional. El reconocimiento de servicios podrá corresponder a más de una... >
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Decreto Nº 481 P.E.N.(B.O. Nº 34.709 del 2021-07-26)
Otórgase un subsidio extraordinario.. Se otorga un subsidio extraordinario por un monto máximo de $5000 que se abonará en el mes de agosto de 2021. El mismo será liquidado, por titular, en las condiciones establecidas en el artículo 2° del presente decreto, a:
a. Los beneficiarios y las beneficiarias de las prestaciones previsionales del SIPA a que refiere la Ley Nº 24.241, sus modificatorias y complementarias.
b. Los beneficiarios y las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el... >
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Decreto Nº 475 P.E.N.(B.O. Nº 34.704 del 2021-07-19)
Ley N° 24.241. Modificación.. Mediante esta norma se incorpora como artículo 22 bis de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, el siguiente texto:
ARTÍCULO 22 bis.- Al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar UN(1) año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida.
En caso de adopción de personas menores de edad, la mujer adoptante computará DOS (2) años de servicios por... >
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Resolución Nº 130 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.684 del 2021-06-23)
Fe de vida. Prórroga.. Se prorroga la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y las jubiladas y los pensionados y las pensionadas del SIPA y Pensiones No Contributivas, así como también, las demás obligaciones y procedimientos establecidos por las Resoluciones N° RESOL-2020-79-ANSES-ANSES de fecha 19 de marzo de 2020, N° RESOL-2020-95-ANSES-ANSES de fecha 22 de abril de 2020, N° RESOL-2020-235-ANSES-ANSES de fecha 29 de junio de 2020, N° RESOL-2020-309-ANSES-ANSES de... >
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Resolución Nº 108 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.665 del 2021-05-27)
Jubilaciones. Haber mínimo garantizado. Bases imponibles mínima y máxima del primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241. Esta norma dispone que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de junio de 2021, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 8° de la Ley N° 26.417, será de PESOS VEINTITRES MIL SESENTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS ($23.064,70).
Además establece que el haber máximo vigente a partir del mes de junio de 2021, dispuesto de conformidad con las... >
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Resolución Nº 105 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.659 del 2021-05-19)
Artículo 32 de la Ley N° 24.241. Valor de la movilidad.. Se establece que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de junio de 2021, es de 12,12%. >
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Resolución General Nº 4984 A.F.I.P.(B.O. Nº 34.650 del 2021-05-07)
Decreto N° 191/2021. Régimen de Promoción de Generación de Empleo en el Norte Grande. Reducción de contribuciones patronales. Nueva versión del aplicativo SICOSS.. Mediante esta norma se establece que los empleadores del sector privado que contraten nuevas trabajadoras y trabajadores por tiempo indeterminado, a partir del 1 de abril de 2021 y durante los 12 meses siguientes, siempre que desempeñen sus tareas en las provincias de CATAMARCA, CHACO, CORRIENTES, FORMOSA, JUJUY, LA RIOJA, MISIONES, SALTA,... >
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Resolución Nº 68 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.618 del 2021-03-26)
Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas. suspensión del trámite de actualización de fe de vida. Prórroga.. Se prorroga la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y las jubiladas y los pensionados y las pensionadas del SIPA y Pensiones No Contributivas, así como también, las demás obligaciones y procedimientos establecidos por las Resoluciones Nros. 79/2020 (ANSES) de fecha 19 de marzo de 2020, 95/2020... >
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Resolución Nº 48 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.596 del 2021-02-28)
Ley N° 24.241. Valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de marzo de 2021.. Se establece que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de marzo de 2021, es de 8,07% el cual será aplicable a las prestaciones previsionales otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, de regímenes nacionales generales anteriores a la misma y sus modificatorias, de regímenes especiales... >
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Resolución Nº 3 S.S.S.(B.O. Nº 34.591 del 2021-02-22)
Ley Nº 24.241. Artículo 32. Movilidad de las prestaciones. Índice de movilidad. Índice de Actualización de las Remuneraciones. Ley Nº 27.609. Reglamentación.. Se establece que las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27.609 serán de aplicación a partir del 1º de marzo de 2021, para todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSES, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores a la misma y sus modificatorias, de regímenes... >
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Resolución Nº 73 M.T.E.yS.S.(B.O. Nº 34.591 del 2021-02-22)
Ley N° 22.929 y sus modificatorias, Decreto de Necesidad y Urgencia N° 160/2005 y Decreto N° 3.245/83. Aclaraciones.. Se aclara que en el ámbito de aplicación de la Ley N° 22.929 y sus modificatorias y del Decreto N° 160/05, se encuentra comprendido el personal que realiza directamente actividades técnico-científicas de investigación o desarrollo, y de dirección de estas actividades, con dedicación exclusiva o completa, en alguno de los organismos que integran el Consejo Interinstitucional de Ciencia y... >
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Decreto Nº 104 P.E.N.(B.O. Nº 34.585 del 2021-02-13)
Reglamentación del artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y su Anexo, sustituidos por el artículo 1° de la Ley Nº 27.609.. Se aprueba la Reglamentación del artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y su Anexo, sustituidos por el artículo 1° de la Ley Nº 27.609, conforme el siguiente texto:
Reglamentación del artículo 32 de la Ley N° 24.241 y su Anexo:
A los efectos del cálculo de la movilidad de las prestaciones se establece a continuación el alcance y el contenido de los términos que integran la fórmula aprobada... >
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Resolución Nº 7 A.N.Se.S.(B.O. Nº 34.555 del 2021-01-06)
Subsidio de Contención Familiar. Decreto Nº 599/2006. Plazo de solicitud. Prórroga.. Se prorroga, por el término de noventa (90) días, los vencimientos del plazo de solicitud del Subsidio de Contención Familiar, establecido en el artículo 7º el Decreto Nº 599/2006, que se hayan producido durante la vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Decreto N° 297/2020 y sus respectivas prórrogas.
La prórroga aludida comenzará a regir a partir de la finalización del... >
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Ley Nº 27609 P.L.N.(B.O. Nº 34.553 del 2021-01-04)
Ley Nº 24.241. Artículo 32. Movilidad de las prestaciones. Índice de movilidad. Índice de Actualización de las Remuneraciones. Artículo 2º de la Ley Nº 26.417.. Se sustituye el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 32: Movilidad de las prestaciones. Las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la presente serán móviles.
El índice de movilidad se obtendrá conforme la fórmula que como Anexo... >
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